► Tasas por los servicios de suministro de agua, bonificaciones y domiciliación de recibos de liquidación
Las tasas a abonar por los servicios de agua, así como las bonificaciones, se establecen en la Ordenanza Fiscal que regula la Tasa por la prestación del Servicio de Suministro de Agua , y en la Ordenanza Fiscal que regula la prestación del Servicio de Alcantarillado y Depuración de Aguas Residuales.
TASA DE CONTRATACIÓN DEL ALTA DE UN NUEVO SUMINISTRO Y POR CAMBIO DE TITULAR
- La Tasa consta de dos partes: Calibre del Contador y Fianza. Para una vivienda normal, cuyo calibre es de 13 m/m, la tasa es la siguiente: Calibre: 21,71 € + IVA = 26,27 €. Fianza: 62,32 €. TOTAL = 88,59 €. Para saber la tasa correspondiente a un contador de mayor calibre, consultar la ordenanza fiscal.
- NOTA: En los cambios de Titular por Divorcio/Separación, el/la interesado/a está exento/a de abonar la Tasa. En los cambios de Titular por Fallecimiento, el/la interesado/a está exento/a de abonar la Tasa siempre y cuando se realice el cambio antes de trascurrido 2 años desde el fallecimiento. En estos casos, solo queda exenta la parte de la tasa correspondiente al calibre del contador, ya que la fianza si hay que abonarla.
BONIFICACIONES DE LA TASA
- Para disfrutar de las bonificaciones establecidas en la Ordenanza, los/as interesados/as deberán suscribir instancia dirigida al Sr. Alcalde, a la que unirán la prueba documental oportuna. Tras el informe del técnico responsable de Servicios Sociales sobre la veracidad de los datos alegados, el Alcalde será el órgano competente para otorgar la bonificación. (Descargar modelo para solicitar bonificaciones de las tasas). Este modelo es conjunto para solicitar también bonificaciones en las tasas de recogida de residuos sólidos urbanos.
DOMICILIACIÓN BANCARIA DE RECIBOS DE LIQUIDACIÓN
Para evitar posibles errores, el procedimiento más adecuado a seguir por el/la interesado/a para domiciliar el recibo de liquidación del suministro, alcantarillado y depuración de agua es el siguiente:
- Cuando llegue el primer recibo de liquidación, personarse en Hacienda Local (Edf. Los Bombos en Avda. Santa Ana) con dicho recibo donde le realizarán la domiciliación.
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