► Licencias Urbanísticas de Obras e Instalaciones
Este tipo de licencias se conceden para obras de edificación de nueva planta, y para edificaciones e instalaciones existentes en Suelo No Urbanizable y en Urbano Consolidado cuando alteren parámetros de Ocupación y altura e incrementen la edificabilidad y número de viviendas.
Documentación necesaria:
- Instacia de Solicitud debidamente cumplimentada. Descargar Archivo. Se presenta, junto a la documentación que se indica, en el Registro General de Entrada de Documentos.
- Ejemplar de Proyecto Básico (1) o Básico y de Ejecución Visado por el Colegio Oficial correspondiente.
- Instacia de Dirección de Obra Visado por el Colegio Oficial correspondiente.
- Ejemplar de Estudio de Seguridad y Salud Visado por el Colegio Oficial correspondiente.
- Ejemplar de Proyecto de Infraestructura Básica de Telecomunicaciones Visado por el Colegio Oficial correspondiente, si procede.
- Cuestionario de Estadística de Edificación y vivienda.
- Ficha Referencia Catastral / Finca Registral (Nota Simple/Escrituras).
- En toda solicitud de licencia y en la resolución de su concesión deberá constar debidamente georeferenciada la actuación de que se trate, expresando, en su caso, las coordenadas UTM de la superficie a ocupar por las edificaciones o del perímetro de cada una de las fincas resultantes de la actuación pretendida, según el artículo 140.3 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (en adelante L.I.S.T.A).
- Proyecto (en papel y en soporte informático) suscrito por el Técnico competente comprensivo de las determinaciones, planos y prescripciones para comprobar la adecuación de lo proyectado a la Normativa que resulte aplicable.
- Documento Justificativo de LA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL de la Licencia de Obras, del en concepto de ICIO (según art. 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del ICIO) y en concepto de Tasas (según art. 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el servicio de expedición de licencias urbanísticas), y en concepto de FIANZA 1% sobre el PEM (Depósito Mínimo 300 €)(art. 9.7 apartado 5 del PGOU) (para Canalizaciones en viario público o similares: 60 € por metro lineal )(Suelo No Urbanizable: Según art. 22.5 de la LISTA)(si procede) - DICHA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEBERÁ DE TRAMITARSE EN EL DEPARTAMENTO DE URBANISMO
- La liquidación provisional se tramita en el Departamamento de Urbanismo de este Ayuntamiento. Ver Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Alcantarillado y Depuración de Aguas Residuales ; Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Otorgamiento de Licencias Urbanísticas
- Solicitud de Ocupación de Vía Pública por obras sujetas a Licencias Urbanísticas: Descargar Archivo. (Instrucciones: Descargar Archivo).- (Pago de Tasas: Descargar archivo)
(1) Condiciones antes del Inicio de las Obras:
En el caso de haber presentado proyecto Básico, antes del inicio de las obras deberá presentar Proyecto Básico y de Ejecución Visado por el Colegio Oficial correspondiente, así como documento expreso de conformidad de este Proyecto con el Proyecto Básico presentado para la obtención de la Licencia Urbanística. Descargar archivo
Condiciones durante la realización de las Obras:
Deberá exhibir en la obra el correspondiente cartel, según los modelos adjuntos:
- Cartel de Obra Mayor. Descargar Archivo
- Cartel de Obra Mayor Vivienda Protegida. Descargar Archivo
- Cartel de Obras de Urbanización Descargar Archivo
Marco Legal:
- Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía: Descargar
- Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Descargar
- Planeamiento municipal: Plan General de Ordenación Urbana: Enlace para acceder al Plan
- Guía de la Junta de Andalucía interpretativa de las declaraciones responsables y comunicaciones previas en materia urbanística: Descargar